Nueva Reforma Pensional en Colombia

Nueva Reforma Pensional en Colombia. Vigencia en el 2025.

El texto de la reforma pensional que fue aprobado por el Senado de la República fue acogido por la plenaria de la Cámara de Representantes en su cuarto debate y a partir del 1 de julio del 2025 entrará en vigencia.

Son 95 artículos los que reglamentarán el nuevo Sistema de Protección Integral para la Vejez y Muerte, el cual tendrá una estructura de pilares:

1. Pilar solidario, para las y los adultos mayores más vulnerables. (Renta básica solidaria).

2. Pilar semicontributivo, para quienes las semanas cotizadas no les alcanzan para pensionarse. (Renta vitalicia)

3. Pilar contributivo, para todas y todos los que cotizan en Colpensiones y logran acceder a la pensión.

4. Pilar de Ahorro Individual, de Ahorro Voluntario para quienes deseen mejorar sus ingresos para la vejez.

Además, se establece un régimen de transición para aquellas personas afiliadas al sistema que cuenten con 900 semanas si son hombres o 750 semanas si son mujeres, a quienes se les respetará las condiciones establecidas en el régimen anterior (Ley 100 de 1993). Ampliación del tema en el siguiente enlace: 

 

Giros Directos a proveedores de salud, MinSalud.

El Ministerio de Salud de Colombia, definió  vía decreto, los porcentajes para el giro directo por parte de la Adres a entidades de salud y a las IPS. 

En este decreto, define los porcentajes y condiciones para el giro directo de recursos correspondientes a la Unidad de Pago por Capitación, UPC, del régimen contributivo y presupuestos máximos. Adidional e esto, se tiene ocho decretos más para giro directo, promotores de salud, movilidad, habilitación de servicios de salud, manual tarifario, plan nacional rural, modelo de salud, entre otros

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